Auto Supremo AS/0316/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular (fs. 22 a 25 vta. subsanada de fs. 101 a 104), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez Tercero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 27/2009 de 16 de noviembre (fs. 196 a 199), complementada por Auto de 26 de noviembre de 2009 (fs. 210), por la que declaró al imputado Damaso Moisés Conde López, absuelto de pena y culpa de la comisión de los delitos de Difamación e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del CP, más costas a calificarse en ejecución de sentencia. En lo referente a Alfredo Conde López, ante su fallecimiento, se tuvo por extinguida la acción penal conforme la Resolución 40/2009