b) Contra la Mencionada Sentencia, el imputado Enrique Miguel Flores Segales, interpuso recurso de apelación
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 022/2009 de 10 de septiembre (fs. 134 a 138), el Juez Quinto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Enrique Miguel Flores Segales, autor de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del CP, imponiéndole la pena de tres años de privación de libertad a cumplir en la Cárcel Pública de San Pedro de la Paz, así como la reparación de daños, perjuicios y costas a imponerse en ejecución de Sentencia.
b) Contra la Mencionada Sentencia, el imputado Enrique Miguel Flores Segales, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 144 a 146), resuelto por Auto de Vista 99/2010 de 3 de mayo (fs. 166 a 167 vta.) dictado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró improcedente la apelación planteada, confirmando en consecuencia la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 20 de mayo de 2010, cursante de fs
- b) Contra la Mencionada Sentencia, el imputado Enrique Miguel Flores Segales, interpuso recurso de apelación
- c) Notificado el imputado con el referido Auto de Vista 14 de mayo de 2010
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- A los fines de establecer el cumplimiento o no de los requisitos de formalidad del
- En cuanto a la cita de Sentencias Constitucionales por parte del recurrente se tiene que
- Ahora bien, ante la denuncia de vulneración de derechos y garantías constitucionales como el derecho
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
