1) Argumenta que para la agravación de la pena conforme el art
1) Argumenta que para la agravación de la pena conforme el art. 287 segunda parte del CP y ser considerado reo de líbelo infamatorio, deben concurrir la pena de calumnia y de injuria, aspecto que, con relación al imputado Braulio Chávez Mamani, no se cumple debido a que fue exonerado por el delito de calumnia; y, al no concurrir ambas sanciones por calumnia e injuria no existiría agravante debiendo habérsele impuesto una multa máxima de cien días y no de ciento veinte; alega también que la multa no es una sanción accesoria ni separada de la pena principal y que en el caso presente no pueden existir penas adicionales. El Auto de Vista, en aplicación de la ley, tenía la obligación de observar la congruencia entre la acusación y los tipos penales acusados, relacionándolo con la pena que se le impuso, resultando inconstitucional la confirmación de la Sentencia
- Por memorial presentado el 30 de julio de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados los recurrentes Braulio Chávez Mamani y Ruddy Kimberly Mollo Huanca con el mencionado
- Manifiesta que en el caso de autos no invocó precedente contradictorio alegando que no existe
- 1) Argumenta que para la agravación de la pena conforme el art
- 2) Otro elemento sin precedente contradictorio, es la participación de una persona sin autorización legal
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplen con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
