Auto Supremo AS/0337/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

Transcribiendo los arts. 398 y 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), alegan que los mismos fueron inobservados por los Tribunales de Sentencia y Apelación; respecto al primer artículo refieren que el Auto de Vista deviene en infra petita por falta de pronunciamiento sobre todos los motivos de su apelación restringida como son: a) La inobservancia o errónea aplicación de Ley sustantiva; y, b) Inexistencia de la fundamentación de la Sentencia, lo cual pone en duda la seguridad jurídica y viola el debido proceso dejándole en indefensión, esta omisión de pronunciamiento contradice lo establecido en los Autos Supremos 417/2003 y 349 de 28 de febrero de 2006. Añade que en apelación restringida denunció errónea aplicación de los arts. 37, 38 y 40 del CP, mereciendo como respuesta que el Tribunal de juicio no incurrió en tal vulneración, transcribiendo al efecto parte del Auto de Vista, sin considerar que los puntos reclamados fueron la educación, situación económica y social del imputado y las circunstancias especiales que concurrieron en la comisión de delito al tratarse de una persona con nivel profesional que le permite actuar de manera planificada, económicamente holgado, sin que los de alzada compulsen la doble comisión del ilícito que exterioriza el dolo, mala fe y planificación como ser transferir el inmueble a su mandante sabiendo que el mismo se encontraba registrado a nombre de su esposa también y, luego vuelve a transferirlo a terceros con la intervención de su esposa; asimismo, respecto al daño ocasionado, no consideraron la disposición de $us. 15.000.- (quince mil dólares estadounidenses) que estaba destinado a la obtención de una vivienda para su familia, sin que el imputado demuestre la menor intención para cubrir este daño