Sobre la falta de fundamentación de la Sentencia y Auto de Vista respecto a la
Sobre la falta de fundamentación de la Sentencia y Auto de Vista respecto a la imposición de la pena, citando a los tratadistas Alejandro Ortega Soto Hernando de Vides de Echandía y la Sentencia Constitucional 1369/01 que señala la obligación de la fundamentación de toda resolución conforme prevé el art. 420 del CPP, aspecto que –a decir de los recurrentes- resulta insuficiente en ambas resoluciones, señalando el Auto de Vista que la Sentencia contaría con la debida fundamentación y que no necesariamente debe ser ampulosa y que la pena debe imponerse a prudente arbitrio del juzgador, falta de fundamentación que vulnera el debido proceso y es contradictoria a la doctrina de los Autos Supremos 114 de 20 de abril de 2006, 256/2004 y 724/2004
- Por memorial presentado el 20 de febrero de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Sobre la falta de fundamentación de la Sentencia y Auto de Vista respecto a la
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Siendo que el motivo central del recurso de casación radica en la falta de pronunciamiento
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
