Por memorial presentado el 22 de julio de 2010, cursantes de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 349/2015-RA-L
Sucre, 06 de julio de 2015
Expediente : Santa Cruz 127/2010
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada : Miriam Rodríguez Valverde Vda. de Gonzales
Delito : Falsedad Ideológica
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de julio de 2010, cursantes de fs. 538 a 548 vta., el acusador particular Iván David Rojas Ugarte en representación de la Empresa HELIBOL, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 86 de 01 de julio de 2010, de fs. 521 a 523, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de la Sierra, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Miriam Rodríguez Valverde Vda. de Gonzales, por la presunta comisión del delito de Falsedad Ideológica, previsto y sancionado, por el art. 199 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 349/2015-RA-L
Sucre, 06 de julio de 2015
Expediente : Santa Cruz 127/2010
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada : Miriam Rodríguez Valverde Vda. de Gonzales
Delito : Falsedad Ideológica
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de julio de 2010, cursantes de fs. 538 a 548 vta., el acusador particular Iván David Rojas Ugarte en representación de la Empresa HELIBOL, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 86 de 01 de julio de 2010, de fs. 521 a 523, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de la Sierra, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Miriam Rodríguez Valverde Vda. de Gonzales, por la presunta comisión del delito de Falsedad Ideológica, previsto y sancionado, por el art. 199 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 22 de julio de 2010, cursantes de fs
- c) Notificado el acusador particular con el referido Auto de Vista el 17 de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente a tiempo de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
