b) Contra la referida Sentencia, Claudina Flores Montaño, interpuso recurso de apelación restringida (fs
b) Contra la referida Sentencia, Claudina Flores Montaño, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 240 a 241 vta.); resuelto por Auto de Vista de 15 de marzo de 2010 (fs. 391 a 394 vta.), emitido por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró improcedentes las cuestiones planteadas en el recurso de apelación restringida y, en consecuencia, confirmó la Sentencia
- Por memorial presentado el 26 de julio de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, Claudina Flores Montaño, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Argumenta que, en la fundamentación probatoria de la Sentencia, no se describe o extrae
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
