b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Julio Menacho Arias, interpuso recurso de apelación restringida
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Julio Menacho Arias, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 49 a 52), resuelto por Auto de Vista SPS 015/2010 de 31 de marzo (fs. 68 a 69), pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, que rechazó el recurso al ser inadmisible por extemporáneo; por lo que, confirmó la Sentencia apelada, complementado por Auto de 14 de abril de 2010 (fs. 71 vta.), motivando el recurso de casación
- Por memorial presentado el 23 de abril de 2010, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Julio Menacho Arias, interpuso recurso de apelación restringida
- El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, aparentemente respaldado por los arts
- El recurrente solicita se revoque el Auto de Vista, disponiendo se dicte uno nuevo conforme
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Del acápite de Fundamentación jurídica de la Sentencia, se advierte que el Juez Primero de
- Por memorial que cursa de fs
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- III.1. Análisis del caso planteado
- Con relación al único motivo, el recurrente expresa que el Tribunal de alzada, amparado en
- Con relación a la problemática planteada, es importante revisar si la denuncia efectuada por el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
