Auto Supremo AS/0463/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0463/2015-RA

Fecha: 06-Jul-2015

Con relación al agravio denunciado, la parte recurrente carente de técnica recursiva y sin mayor


Con relación al agravio denunciado, la parte recurrente carente de técnica recursiva y sin mayor carga argumentativa, indica confusamente que Auto de Vista impugnado vulnera el art. 124 del CPP al haber identificado erróneamente el segundo punto de su apelación, sin que se haya manifestado sobre la prueba ofrecida en audiencia de fundamentación, vulnerando -dice- su derecho al debido proceso; asimismo, refiere que el Auto de Vista omitió pronunciarse sobre los precedentes invocados. Sobre este motivo si bien la parte recurrente invoco como precedentes contradictorios los Autos Supremos 62 de 27 de enero de 2007 y 114 de 20 de abril de “206” (sic), se limitó a su simple cita y una pequeña transcripción respecto al primer Auto; no efectuando, una correcta labor de contrastación con el Auto de Vista impugnado; es decir, no explicó cual la contradicción en relación a lo determinado en la Resolución ahora recurrida, respecto del precedente; sumándose a esa deficiencia que el segundo Auto Supremo fue citado de forma errónea; por cuanto, se desconoce su año de emisión; consiguientemente se hace evidente el incumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, impidiendo a este Tribunal, en virtud a la competencia que le asigna el art. 419 de la citada norma, con relación al art. 42 de la LOJ, ingrese al análisis de fondo del presente recurso de casación proceda a enmendar posibles errores y omisiones cometidas por el Tribunal de apelación