Asimismo, denuncia que la denuncia descrita constituye defectos absolutos; por lo que, cita el Auto
1) Previa descripción de los puntos apelados, denuncia que el Auto de Vista recurrido, al igual que el Juez de Sentencia, no le dan el valor suficiente a las declaraciones expresadas por los testigos de cargo (cuyas atestaciones describió), quienes identificaron al acusado cuando portaba mineral y fue aprehendido en flagrancia, sobre todo si la parte acusada no generó ninguna prueba testifical de descargo; a cuyo efecto, cita el Auto Supremo 171/2012-RRC de 24 de julio, en el que se establecieron las reglas de la sana crítica, asegurando que en su caso, el Juez de Sentencia no valoró la producción de prueba en juicio, pese a existir las referidas declaraciones; sin embargo, el Tribunal de alzada, advertido de esa mala valoración probatoria, debió fundamentar de manera adecuada el porqué de la improcedencia de la apelación restringida.
Asimismo, denuncia que la denuncia descrita constituye defectos absolutos; por lo que, cita el Auto Supremo 637/2013 de 13 de noviembre, transcribiendo su contenido
- Por memorial presentado el 25 de marzo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por Anabel Jimena Galarza Ocaña, en
- c) Notificada la parte recurrente con la Resolución de alzada el 18 de marzo de
- Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Asimismo, denuncia que la denuncia descrita constituye defectos absolutos; por lo que, cita el Auto
- 2) El Auto de Vista se limita a señalar que la denuncia de falta de
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme dispone el art
- Ahora bien, con relación a los demás requisitos establecidos para la admisión del recurso de
- Con relación al Auto Supremo 637/2013 de 13 de noviembre, el impugnante no especificó los
- Respecto al segundo motivo de casación, en el que asevera que con relación a la
- Al respecto, se advierte que el recurrente, cumplió suficientemente con la carga procesal de explicar
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
