Auto Supremo AS/0481/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0481/2015-RA

Fecha: 16-Jul-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública (fs. 5 a 7), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Juez Tercero de Partido y Sentencia de la ciudad de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Sentencia 08/2013 de 1 de marzo (fs. 289 a 292 vta.), declaró a los imputados Roberto Condori Chura, José Barcena Ortuño y Sixto Choque Huanca, autores y culpables de la comisión del delito de Injuria, tipificado en el art. 287 del CP, condenándoles a la pena de tres meses de prestación de trabajo, con costas y reparación del daño; y, absueltos por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia y Propalación de Ofensas, tipificados en los arts. 282, 283 y 285 del CP, conforme a lo previsto en el art. 363 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin costas.

b) Contra la mencionada Sentencia, los acusados Roberto Condori Chura, José Barcena Ortuño y Sixto Choque Huanca (fs. 299 a 303 vta.); y los acusadores particulares Senovia Condori de Quispe y Ramón Celestino Condori Callisaya (fs. 305 a 312), formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 110/2014 de 22 de diciembre, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedentes los recurso interpuestos; en cuya efecto, confirmó la Resolución recurrida en apelación