VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Karla Elizabeth Zurita Plaza en representación del Gobierno
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 483
Sucre, 10 de julio de 2015
Expediente: 64/2011-A
Demandante: GOBIERNO MUNICIPAL DE LA PAZ
Demandados: Blanca Palacios de Simbron y otro
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Karla Elizabeth Zurita Plaza en representación del Gobierno Municipal de La Paz de fs. 3517 a 518 vta., contra el Auto de Vista Nº 294/2009 de 14 de diciembre, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior hoy Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso coactivo fiscal seguido por el Gobierno Municipal de La Paz, contra Blanca Palacios de Simbron y Renato Rigoberto Jarandilla Segura, el responde al recurso de fs. 520 vta., el Auto de fs. 525 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del Proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso coactivo fiscal, el Juez Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, emitió Sentencia Nº 40/2006 del 13 de noviembre de fs. 484 a 489, declarando probada la demanda coactiva fiscal de fs. 393 a 398, y declara improbada la excepción de prescripción; disponiendo Girar Pliego de cargo contra los demandados, manteniendo las medidas precautorias de Ley, mediante Nota de cargo Nº 04/2007 de 15 de enero.
I.1.2 Auto de Vista
Interpuestos los recursos de apelación por los demandados, mediante Auto de Vista Nº 294/2009 del 14 de diciembre, emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior hoy Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revoco la Sentencia Nº 40/2008 del 13 de noviembre, declarando improbada la demanda coactiva fiscal de fs. 393 a 398 y probada la excepción de prescripción, opuesta por los co-demandados
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 483
Sucre, 10 de julio de 2015
Expediente: 64/2011-A
Demandante: GOBIERNO MUNICIPAL DE LA PAZ
Demandados: Blanca Palacios de Simbron y otro
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Karla Elizabeth Zurita Plaza en representación del Gobierno Municipal de La Paz de fs. 3517 a 518 vta., contra el Auto de Vista Nº 294/2009 de 14 de diciembre, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior hoy Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso coactivo fiscal seguido por el Gobierno Municipal de La Paz, contra Blanca Palacios de Simbron y Renato Rigoberto Jarandilla Segura, el responde al recurso de fs. 520 vta., el Auto de fs. 525 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del Proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso coactivo fiscal, el Juez Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, emitió Sentencia Nº 40/2006 del 13 de noviembre de fs. 484 a 489, declarando probada la demanda coactiva fiscal de fs. 393 a 398, y declara improbada la excepción de prescripción; disponiendo Girar Pliego de cargo contra los demandados, manteniendo las medidas precautorias de Ley, mediante Nota de cargo Nº 04/2007 de 15 de enero.
I.1.2 Auto de Vista
Interpuestos los recursos de apelación por los demandados, mediante Auto de Vista Nº 294/2009 del 14 de diciembre, emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior hoy Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revoco la Sentencia Nº 40/2008 del 13 de noviembre, declarando improbada la demanda coactiva fiscal de fs. 393 a 398 y probada la excepción de prescripción, opuesta por los co-demandados
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Karla Elizabeth Zurita Plaza en representación del Gobierno
- Dicha resolución motivó el recurso de casación, del que se extrae como motivos, lo siguiente
- b) Asimismo asevera que el art
- c) La Constitución Política del Estado con el fundamento de defender los intereses del
- De todo lo expuesto precedentemente, pide que este Tribunal Supremo de Justicia casar el Auto
- El Art
- En el caso de Autos la obligación emerge de la responsabilidad civil, para dichos cargos
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
