Auto Supremo AS/0515/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0515/2015-RA

Fecha: 27-Jul-2015

En cuanto al primer motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal alzada concluyó de manera


En cuanto al primer motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal alzada concluyó de manera genérica que no existe vulneración de sus derechos, sin considerar que el A quo había forzado la adecuación de su conducta al tipo penal de Uso de Instrumento Falsificado, pues no se habría probado que su persona uso el documento de préstamo “a sabiendas” de que era falso, y que se lo condenó en base al art. 20 del CP, cuando su persona lo único que pretendió fue cobrar a su deudor y no tuvo dominio final del hecho; motivo en el que citó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 329 de 29 de agosto de 2006, 417/03 de 19 de agosto de 2003, 431 de 11 de octubre de 2006 y 315 de 25 de agosto de 2006; empero, no cumplió con la carga procesal de señalar en términos precisos cuál la supuesta contradicción entre éstos precedentes y el motivo traído en casación, deviniendo en inadmisible el presente motivo, por incumplimiento del requisito previsto por el segundo párrafo del art. 417 del CPP