Auto Supremo AS/0517/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2015-RA

Fecha: 27-Jul-2015

En el primer motivo por el cual la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada


En el primer motivo por el cual la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada vulnero lo dispuesto por el art. 400 del CPP, y la prohibición de reformatio in peius, al declararla culpable del delito de Falsificación de Documento Privada, por el cual en Sentencia fue declarada absuelta: Se tiene que la misma invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 197/2013-RRC de 25 de julio de 2013, que habría establecido la prohibición de reforma en perjuicio; habiendo cumplido con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, deviniendo en admisible el motivo de casación