Auto Supremo AS/0548/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0548/2015

Fecha: 14-Jul-2015

CONSIDERANDO II:

CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Violación del art. 1286 del Código Civil, indicando que las pruebas producidas serán apreciadas por el Juez de acuerdo a la valoración que les otorga la ley o a su prudente criterio, en ese entendido no se puede valorar un dictamen pericial en el cual el perito no aceptó el cargo bajo juramento, mas aun si la norma jurídica procesal es de orden público y de cumplimiento obligatorio