Como petitorio señala que en aplicación de los arts
En otro acápite señala que la Juez de la causa tuviera el deber de sanear el proceso, reiterando una vez más que con el auto de apertura de término de prueba no fue notificado y estos las considera como “irremisibles”, por lo que fuera correcta su petición.
Como petitorio señala que en aplicación de los arts. 254 num. 1) y 7); 271 num. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil se dicte Auto Supremo anulando obrados, a fin de que se notifique a la codemandada con el Auto de apertura de término probatorio y demás actos procesales
Como petitorio señala que en aplicación de los arts. 254 num. 1) y 7); 271 num. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil se dicte Auto Supremo anulando obrados, a fin de que se notifique a la codemandada con el Auto de apertura de término probatorio y demás actos procesales
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Alejandro Quispe Cadima y Felicidad
- Resolución que dio lugar al recurso de casación en la forma, interpuesto por parte de
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Reitera que debe anularse obrados hasta fs
- Como petitorio señala que en aplicación de los arts
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por lo que corresponde dar aplicación a lo previsto por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regulan los honorarios del abogado en la suma de Bs. 1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
