Auto Supremo AS/0575/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0575/2015-L

Fecha: 27-Jul-2015

CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
El único fundamento del recurso planteado por los recurrentes, centra su cuestionamiento en la presunta carencia de notificación a la codemandada Felicidad Zerda de Quispe con el Auto de fs. 20 y vta., sin embargo de la revisión de antecedentes, se verifica que luego de dictada la Sentencia, se interpuso recurso de apelación sin reclamar aquel aspecto, pues los presuntos agravios denunciados en ese recurso, están referidos a aspectos de fondo, pero de ninguna manera el tema que se pretende su consideración en etapa de casación. Bajo ese antecedente y conforme lo dispone el Art. 236 del Código de Procedimiento Civil, el Ad quem se abocó a dar respuesta a los agravios denunciados conforme prevé el art. 227 de la norma señalada, y naturalmente como no fue objeto de debate ni análisis el presunto vicio de nulidad, no fue revisado ni considerado por el Tribunal de Segunda instancia, consecuentemente no es posible cuestionar otros aspectos que no fueron objeto de expresión de agravios por las partes en apelación, ni razonados por el Ad quem a tiempo de resolver el mismo, siendo impertinente su reclamo en etapa de casación; bajo ese antecedente, resulta evidente la improcedencia del recurso planteado