Auto Supremo AS/0575/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0575/2015-L

Fecha: 27-Jul-2015

Reitera que debe anularse obrados hasta fs

Reitera que debe anularse obrados hasta fs. 20 en razón a que a la vuelta de la foja señalada se dictó Auto interlocutorio que fija puntos de hecho a probar, que no hubiera sido notificado a la codemandada Felicidad Zerda en el domicilio señalado y no se habría saneado aquello hasta antes de dictar Sentencia. Con esos argumentos reiterados considera la existencia de nulidad de obrados