CONSIDERANDO III:
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Corresponde señalar que “el recurso” como tal es el medio que la ley otorga a las partes para impugnar una resolución que les cause perjuicio, que tiene la finalidad de modificar o revocar la decisión judicial, concepto universal en base al cual se ha redactado el art. 213 del Código de Procedimiento Civil, deduciendo por ello que el presupuesto para recurrir es el perjuicio causado al litigante
Corresponde señalar que “el recurso” como tal es el medio que la ley otorga a las partes para impugnar una resolución que les cause perjuicio, que tiene la finalidad de modificar o revocar la decisión judicial, concepto universal en base al cual se ha redactado el art. 213 del Código de Procedimiento Civil, deduciendo por ello que el presupuesto para recurrir es el perjuicio causado al litigante
- Proceso: Cumplimiento de obligación
- Distrito: Santa Cruz
- C0NSIDERANDO I:
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por la parte demandada y resuelta
- CONSIDERANDO II:
- Refiere que el Auto de Vista carece de fundamentación para eximir la multa al Juez
- Por lo que solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo
- CONSIDERANDO III:
- De nuestro medio corresponde rescatar el aporte doctrinario de Carlos Morales Guillen, en su obra
- Por lo expuesto, corresponde emitir resolución en base al art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se recomiendo a los operadores de primera y segunda instancia tramitar las causas en apego
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
