Auto Supremo AS/0039/2015-C
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0039/2015-C

Fecha: 27-Ago-2015

CONSIDERANDO II: Que, por disposición del art

Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas.
VISTOS: La demanda contencioso administrativa seguido por la CORPORACIÓN MATHIESEN S.A. (COMSA S.A.) representada legalmente por Manuel Rodrigo Cerpa Muñoz y Erwin Franco Dorado contra el Servicio Nacional de Reparto (SENASIR); los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, de la revisión de obrados se evidencia que, la nombrada empresa, en fecha 8 de Julio de 2015, se apersono ante este Tribunal Supremo de Justicia interponiendo demanda contencioso administrativa contra SENASIR, por haber emitido la Resolución SENASIR/UNI.FISCA.No.548/2015 de 24 de abril de 2015, confirmando la improcedencia de los recursos de revocatoria y jerárquico dentro de los procesos de Fiscalización de Aportes Devengados del Sistema de Seguridad Social de Largo Plazo.
Del contenido de la demanda que cursa de fs. 26 a 28, se advierte que la empresa demandante, refiere que la Dirección del SENASIR, actuó de forma totalmente abusiva y contraria al ordenamiento jurídico vigente, ya que determinó sin competencia alguna, obligaciones inexistentes sin considerar el procedimiento de fiscalización ni la prescripción que existiría, es así que de forma arbitraria estaría instruyendo la emisión de la nota de cargo con el objeto de dar inicio al proceso coactivo social, sin que previamente hubiere dado lugar a los recursos administrativos interpuestos (revocatoria y jerárquico); además que de acuerdo a lo previsto por el D.S. 25177 corresponde a la Dirección de Pensiones la fiscalización, revisión y liquidación de aportes devengados y no así al Jefe de cobro de adeudos del SENASIR; aspectos que fueron puestos en conocimiento tanto en el recurso de revocatoria como en el jerárquico, pero que no fueron tramitados adecuadamente conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo.
CONSIDERANDO II: Que, por disposición del art. 5 inc. f), g) y h) del D.S. 27066 de 6 de junio de 2003, el SENASIR tiene como atribuciones la de realizar labores de fiscalización por aportes devengados del Sistema de Reparto; realizar la gestión de cobro de las contribuciones en mora del Sistema de Reparto, en el marco de las disposiciones normativas en vigencia; efectuar la recuperación de aportes en la vía administrativa y tramitar el cobro coactivo social ante la autoridad que ejerce jurisdicción y competencia en el Sistema de Reparto, así como realizar cualquier acto procesal pertinente al mismo