Auto Supremo AS/0086/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2015

Fecha: 31-Ago-2015

Jesús Odín Maldonado Lladó, vivió por más de cuarenta y cinco años en Estados Unidos,


VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de homologación de la sentencia presentada por Eduardo Jaime Urriolagoitia Rodo, en representación legal de Marcela Marie Maldonado, quien a su vez es representante legal de Robert Gorsich, tutor pleno de Jesús Odin Maldonado Lladó, declarado adulto incapacitado o interdicto, el Dictamen Fiscal FGE/RJGP Nº 5/2015 de 13 de abril de 2015, el apersonamiento de Randolfo Odin Maldonado a través de su representante legal, los antecedentes, el informe de la Magistrada Norka N. Mercado Guzmán, y
CONSIDERANDO I: Que mediante memorial que cursa de fojas 244, el representante legal del Tutor Pleno Robert Gorsich, se apersonó ante esta Sala Plena y solicitó la homologación de la Sentencia Ejecutoria del Caso Nº 13 P153, pronunciada el 17 de julio de 2013 en la Corte del Duodécimo Circuito Judicial del Condado de Will, Estado de Illinois de los Estados Unidos de Norteamérica y señaló que Jesús Odín Maldonado Lladó adolece de Alzheimer y otras enfermedades crónicas y que se encuentra internado en el Hospital Centro Geriátrico Meadowbrook Manor, 431 West Remington Boulevard, en Bolingbrook, Illinois, de modo que los costos inherentes a los servicios de salud y los medicamentos que debe recibir son permanentes y diarios, por ello, los bienes muebles e inmuebles de su propiedad que existen en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra deben ser monetizados, motivo por el cual, solicita la homologación de la indicada sentencia en todos sus alcances y contenido, acción que dirige contra el Ministerio Público, en razón de que Jesús Odín Maldonado Lladó, es divorciado de Elena Delgado Lersundy, quien radica en el Estado de Illinois, Estados Unidos y sus únicos hijos Marcela Marie y Randolfo Odín Maldonado Delgado viven en Colombia y Estados Unidos respectivamente.
Agregó que al amparo de lo dispuesto por el Capítulo IV, Título II del Libro Tercero, artículos 552 al 561 del Código de Procedimiento Civil, existiendo solo bienes muebles e inmuebles de Jesús Odín Maldonado Lladó en el Estado Plurinacional de Bolivia, solicita la homologación de la referida sentencia, y al mismo tiempo solicita una orden de ejecución de manera que:
Se encomiende a la autoridad llamada por ley, la administración de los bienes muebles e inmuebles, acciones y derechos de propiedad de Jesús Odín Maldonado Lladó establecidos en el Departamento de Santa Cruz, Bolivia.
Se realice el inventario de todos sus bienes, acciones y derechos para que sean administrados en beneficio de Jesús Odín Maldonado Lladó y con los activos y/o rentas se cancelen las deudas contraídas con el Centro Geriátrico de Meadowbrook, Estado de Illinois de los Estados Unidos de Norteamérica, a cuyo efecto, se remitan fondos a la indicada institución bajo la siguiente instrucción de pago: Primary Corresponding Bank, Wells Fargo Bank, Swift WFBIUS6WFFX for Foreign Currency Only. PNBPUS33 – for US Dollars. Beneficiary Bank: Banco Popular North America, ABA 026008811 mandatory. Beneficiary Name: Butterfield Healthcare Inc./Meadowbrook/Resident: Jesús Odín Maldonado. Beneficiary Account Number: 6808385162.
En su alegato efectuó la siguiente remembranza:
Jesús Odín Maldonado Lladó, vivió por más de cuarenta y cinco años en Estados Unidos, adquiriendo la ciudadanía estadounidense y ejerciendo su profesión de médico ginecólogo hasta su jubilación en ese país