CONSIDERANDO II: Que
Concluyó solicitando de manera incongruente que se conceda el recurso de nulidad, ante el Tribunal Supremo de Justicia, para que declare la nulidad del Auto de Vista Nº 198/2010, de 28 de septiembre cursantes de fs. 461 a 462, deliberando en el fondo por falta de competencia.
CONSIDERANDO II: Que. en cuanto a la solicitud de nulidad es necesario establecer que, el recurso de casación en la forma se funda en errores “in procedendo”, referido a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, la nulidad consiste en la ineficacia de los actos procesales que se han realizado con violación de los requisitos de forma o procedimiento que la ley procesal a previsto para la validez de los mismos, a través de las nulidades se controla la regularidad de la actuación procesal y se garantiza a las partes el derecho al debido proceso, establecido en el art. 115. II de la Constitución Política del Estado
CONSIDERANDO II: Que. en cuanto a la solicitud de nulidad es necesario establecer que, el recurso de casación en la forma se funda en errores “in procedendo”, referido a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, la nulidad consiste en la ineficacia de los actos procesales que se han realizado con violación de los requisitos de forma o procedimiento que la ley procesal a previsto para la validez de los mismos, a través de las nulidades se controla la regularidad de la actuación procesal y se garantiza a las partes el derecho al debido proceso, establecido en el art. 115. II de la Constitución Política del Estado
- Auto Supremo Nº 215/2015-L
- Expediente: LP. 643/2010
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de fs
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- CONSIDERANDO II: Que
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- Ahora bien, con relación al contrato de trabajo, el art
- En este contexto, si bien en los hechos se estipuló una relación de carácter civil
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- Consiguientemente se concluye, al no ser evidentes las infracciones acusadas, puesto que el auto de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- Se regula el honorario profesional de abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
