Auto Supremo AS/0408/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0408/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

No obstante lo señalado, es preciso verificar si el recurrente a tiempo de denunciar lesión


No obstante lo señalado, es preciso verificar si el recurrente a tiempo de denunciar lesión a su derecho al debido proceso, en su elemento de fundamentación y motivación (primer motivo); y, a su derecho de acceso a la justicia en su calidad de víctima (segundo motivo), cumplió con los requisitos mínimos que permiten conocer el recurso de casación vía flexibilización. Así se tiene que, el impugnante proveyó los antecedentes de hechos generadores del recurso (el Tribunal de alzada determinó anular la Sentencia sin observar el art. 124 del CPP; por ende, no respondió a los fundamentos expuestos en su memorial de respuesta a la apelación), precisó los derechos vulnerados (debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación; y, acceso a la justicia), detalló con precisión en qué consiste la denunciada restricción de los derechos aludidos (se asumió la determinación de anular la Sentencia sin exponer las razones de la decisión ni considerar los argumentos expuestos en alzada respecto a la falta de cumplimiento de los requisitos exigidos en el art. 407 y 408 del CPP), explicando el resultado dañoso (traducido en la anulación de la Sentencia condenatoria), argumentos que resultan claros y suficiente para el análisis de fondo de las problemáticas planteadas, correspondiendo declarar su admisión