Por memorial presentado el 19 de octubre de 2010, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 419/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente: Cochabamba 156/2010
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Sergio Lichtenfeld Gwinner
Delito : Robo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de octubre de 2010, que cursa de fs. 199 a 204, Sergio Lichtenfeld Gwinner, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 22 de septiembre de 2010, de fs. 173 a 174 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Robo, previsto y sancionado por el art. 331del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 419/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente: Cochabamba 156/2010
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Sergio Lichtenfeld Gwinner
Delito : Robo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de octubre de 2010, que cursa de fs. 199 a 204, Sergio Lichtenfeld Gwinner, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 22 de septiembre de 2010, de fs. 173 a 174 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Robo, previsto y sancionado por el art. 331del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 19 de octubre de 2010, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente el 13 de octubre de 2010, con el Auto Complementario de
- Del memorial de fs. 199 a 204, se extrae el siguiente motivo
- Agrega el recurrente, que si el Tribunal de alzada hubiere analizado los reclamos que no
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
