Auto Supremo AS/0420/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0420/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 420/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015

Expediente: Cochabamba 159/2010
Parte Acusadora: Máximo Coria Rueda
Parte Imputada: Guillermo Ricaldi Tola
Delitos: Apropiación Indebida y otro

RESULTANDO

Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2010, cursante de fs. 115 a 117, Guillermo Ricaldi Tola, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 28 de octubre de 2010, de fs. 97 a 101 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Máximo Coria Rueda contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular (fs. 1 y vta.), una vez concluida la audiencia de juicio oral y público, la Juez Primero de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia de 1 de abril de 2009 (fs. 54 a 59), por la que declaró a Guillermo Ricaldi Tola, autor de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del CP, condenándole a la pena de tres años de reclusión, más la reparación de daños, perjuicios y costas a favor del querellante a imponerse en ejecución de sentencia