De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
c) Notificado el recurrente, con el mencionado Auto de Vista el 10 de noviembre de 2010 (fs. 102), interpuso recurso de casación el 13 del mismo mes y año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada no se circunscribió a los aspectos cuestionados de la Sentencia, referidos a la errónea aplicación de la ley sustantiva penal, a la fundamentación de la Sentencia y a la valoración defectuosa de la prueba de cargo y descargo, defectos de sentencia previstos en el art. 370 incs. 1), 5), 6) y 8) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- Respecto al primer motivo en el cual se aduce falta de pronunciamiento del Auto de
- En cuanto al segundo motivo, referido a una supuesta contradicción del Auto de Visa impugnado,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
