Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 447/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente : Santa Cruz 12/2011
Parte Acusadora: Pura Pedraza de Justiniano
Parte Imputada : Jesús Hurtado Justiniano y otro
Delitos: Despojo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2010, cursante de fs. 386 a 391 vta., Jesús Hurtado Justiniano por sí y en representación de Rene Heredia Heredia, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 147 de 27 de septiembre de 2010 de fs. 374 a 378, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Pura Pedraza de Justiniano contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de la Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 447/2015-RA-L
Sucre, 04 de agosto de 2015
Expediente : Santa Cruz 12/2011
Parte Acusadora: Pura Pedraza de Justiniano
Parte Imputada : Jesús Hurtado Justiniano y otro
Delitos: Despojo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2010, cursante de fs. 386 a 391 vta., Jesús Hurtado Justiniano por sí y en representación de Rene Heredia Heredia, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 147 de 27 de septiembre de 2010 de fs. 374 a 378, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Pura Pedraza de Justiniano contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de la Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2010, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular, formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) El 14 de diciembre de 2010 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Respecto de los inc
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
