El art
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 19 de octubre de 2010, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) El 14 de octubre de 2010 (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Aduce que no sería evidente lo señalado por el Tribunal de alzada en cuanto
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Respecto de los motivos primero y tercero, en los que se denuncia que el Auto
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar que la labor de este
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente en cuanto
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado la no invocación de precedentes contradictorios; así como
- En cuanto al segundo motivo referido a la incorrecta subsunción de los hechos al tipo
- Del análisis y consideración del recurso en cuanto a este motivo, se tiene el cumplimiento
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
