Auto Supremo AS/0451/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0451/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

Ahora bien, en cuanto al único agravio expuesto por el recurrente, referido a que el


Ahora bien, en cuanto al único agravio expuesto por el recurrente, referido a que el Tribunal de alzada efectuó un cómputo erróneo respecto al plazo de presentación del recurso de apelación restringida, debido a que no habría tomado en cuenta los feriados nacional y local a efectos de declarar sin lugar e inadmisible su impugnación, lo que dio lugar a que ilegalmente no se resuelva el fondo de su recurso, a tiempo de citar la doctrina legal aplicable, se limitó a transcribir su contenido, sin explicar de ningún modo de qué forma el razonamiento asumido en la jurisprudencia es aplicable a su caso, inobservancia que imposibilita la admisión del recurso, para su contratación jurisprudencial