Auto Supremo AS/0457/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0457/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

Mediante Auto Supremo 364/2015-RA-L de 6 de julio, se admitió el recurso interpuesto por


I.1.1. Del motivo del recurso de casación

Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 364/2015-RA-L de 06 de julio (fs. 185 a 187), se extrae el motivo a ser analizado en la presente Resolución, sobre el cual este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Denuncia que en el juicio oral, le impusieron un abogado defensor de oficio con quien no tuvo oportunidad de consultar sus derechos, lo peor es que el abogado no tenía conocimiento de la causa, aspecto que le causó indefensión y vulneración al debido proceso en su componente del derecho a la defensa consagrado en los arts. 115 y 116 de la Constitución Política del Estado (CPE), afirma que no se le permitió elegir a su abogado defensor; por lo que, el Tribunal de Sentencia vulneró el art. 9 del CPP. Agrega que el abogado impuesto, se limitó a seguir las determinaciones del Tribunal hasta la dictación de la Sentencia, constituyendo defecto absoluto conforme el art. 169 inc. 2) del CPP, violando sus derechos y garantías constitucionales del debido proceso y la seguridad jurídica, establecidos en los arts. 13.I, 109.I y 110.I de la CPE.

I.1.2. Petitorio

El recurrente solicita, se declare admisible el recurso y en definitiva se disponga la nulidad de la Sentencia.

I.1.3. Admisión del recurso

Mediante Auto Supremo 364/2015-RA-L de 6 de julio, se admitió el recurso interpuesto por Jorge Antonio Macías Luna, vía flexibilización