b) Contra la referida Sentencia, el imputado Diego Mario Gonzales Mamani, interpuso recurso de apelación
b) Contra la referida Sentencia, el imputado Diego Mario Gonzales Mamani, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 296 a 300), resuelto por Auto de Vista 250/2010 de 20 de octubre (fs. 319 a 321 vta.), dictado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró improcedente y rechazó el mismo, confirmando la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 15 de noviembre de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Diego Mario Gonzales Mamani, interpuso recurso de apelación
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, el recurrente fue notificado
- En cuanto al único motivo, el recurrente expresa que en apelación restringida realizó cuatro observaciones,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
