En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el primer, motivo de
En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el primer, motivo de casación, a tiempo de denunciar que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación, no invocó ningún precedente y en consecuencia no señaló en términos precisos cual sería la supuesta contradicción entre éstos y la resolución impugnada, incumpliendo con proveer los requisitos previstos por los arts. 416 y segundo párrafo del 417 del Código Procesal Penal. Sin embargo, en el mismo motivo de casación el recurrente alegó la vulneración de debido proceso, y los principios de in dubio pro reo y la objetividad de la prueba, señalando que el Tribunal de alzada refirió que no existe errónea valoración de la prueba y que el hoy recurrente había proferido calificativos ultrajantes y denigrantes contra la parte acusadora; conclusión a la que llegó el Ad quem con base a una carta que no fue ofrecida ni judicializada en juicio; por lo que al proveer los antecedentes generadores de la supuesta vulneración del debido proceso y los principios que identifica, el motivo deviene excepcionalmente en admisible por cumplimiento de los requisitos de flexibilización
- Por memorial presentado el 15 de enero de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la indicada Sentencia, Fernando Jorge Limachi Alarcón interpuso recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Invocando el Auto Supremo 304 de 25 de agosto de 2006, que habría establecido
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes se concluye que el imputado Fernando Jorge Limachi Alarcón fue
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el primer, motivo de
- En el mismo motivo, el recurrente hizo referencia a la Sentencia Constitucional 727/2003-R, el cual
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
