c) Notificada la recurrente Hortensia Hidalgo Florido con el mencionado Auto de Vista el 18
Por otro lado, declaró a René Portillo Zubieta absuelto de culpa y pena de la comisión de los delitos de Lesiones Graves en accidente de Tránsito, previsto y sancionado por el art. 261 último parágrafo del CP, sin costas.
b) Contra la referida Sentencia, la querellante Hortensia Hidalgo Florido, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 242 a 244); resuelto por Auto de Vista de 25 de octubre de 2010 (fs. 270 a 275 vta.), emitido por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró procedente en parte el recurso de apelación restringida, modificando la Sentencia dejando sin efecto la declaratoria de abandono de querella e imponiéndose al imputado Jhonny Dionisio Arévalo Zambrana, la obligación de pagar a favor de la acusadora particular, las costas y el daño ocasionado por el delito, averiguables en ejecución de Sentencia, manteniendo subsistentes las demás determinaciones del Fallo.
c) Notificada la recurrente Hortensia Hidalgo Florido con el mencionado Auto de Vista el 18 de febrero de 2011 (fs. 276 vta.), interpuso recurso de casación el 24 de los citados mes y año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 24 de febrero de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente Hortensia Hidalgo Florido con el mencionado Auto de Vista el 18
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Analizado el único motivo traído en casación referido a la posible revalorización de prueba en
- Cabe aclarar que los Autos Supremos 149/2008, 112/20008, 201/2008 y 92/2007 no serán considerados a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
