Por memorial presentado el 11 de abril de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 493/2015-RA-L
Sucre, 13 de agosto de 2015
Expediente: Santa Cruz 66/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Joaquín Rodríguez Claudio
Delito: Robo Agravado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de abril de 2011, cursante de fs. 350 a 351 vta., Joaquín Rodríguez Claudio, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 7 de febrero de 2011, cursante a fs. 343 a 347 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado por el art. 332 incs. 1) y 2) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 493/2015-RA-L
Sucre, 13 de agosto de 2015
Expediente: Santa Cruz 66/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Joaquín Rodríguez Claudio
Delito: Robo Agravado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de abril de 2011, cursante de fs. 350 a 351 vta., Joaquín Rodríguez Claudio, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 7 de febrero de 2011, cursante a fs. 343 a 347 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado por el art. 332 incs. 1) y 2) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 11 de abril de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el imputado Joaquín Rodríguez Claudio, con el referido Auto de Vista el 5
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En cuanto al único motivo, el recurrente denuncia violación de los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
