Auto Supremo AS/0498-B/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0498-B/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente motivo:

Refiere irregularidades desde la emisión del último Auto de Vista, como ser: a) No se les notificó sobre el retorno del proceso de la ciudad de Sucre; b) No se les hizo conocer el cambió de Vocales de la Sala Penal Primera; por tanto, no se les dio la oportunidad de manifestar su conformidad o disconformidad impidiendo la posibilidad de recusarlos; c) Refiere las garantías del debido proceso, la seguridad jurídica, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita y transparente y sin dilaciones, porque son nulos los actos de personas que usurpen funciones que no le competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la Ley, porque señala que existiría cuatro Vocales en la Sala Penal y que inicialmente funge como relatora la Dra. Teresa Vera de Gil y posteriormente se le envía a la Dra. Edith Pedraza Becerra; d) Si bien el Auto Supremo 679 de 17 de diciembre de 2010 dispone que el caso se resuelva sin espera de turno para sorteo, en ninguna de sus partes ordena que sea en violación y desconocimiento del derecho las partes, en consecuencia existió violación del debido proceso por la falta de publicidad