b) Contra la referida Sentencia, los imputados, Luis Alberto Justiniano Hurtado y Luis Eduardo
b) Contra la referida Sentencia, los imputados, Luis Alberto Justiniano Hurtado y Luis Eduardo Piñera Montero, interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 1054 a 1056 vta. y 1086 a 1097), resueltos por Auto de Vista 146 de 15 de abril de 2011 (fs. 1219 a 1222 vta.), dictado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que declaró inadmisibles los recursos planteados; toda vez, que mediante Auto de Vista de 16 de julio de 2008, se ordenó la extinción de la acción penal por prescripción a favor de los imputados
- a) En mérito a las acusaciones pública (fs
- b) Contra la referida Sentencia, los imputados, Luis Alberto Justiniano Hurtado y Luis Eduardo
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 12 de julio de
- De la revisión recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al único motivo demandado, relativo a que el Auto de Vista impugnado hubiere
- A más de lo señalado, corresponde señalar que, conforme establece la normativa que regula los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
