Por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración a sus derechos constitucionales, si bien
Por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración a sus derechos constitucionales, si bien refirió como vulnerados el debido proceso, los principios de exhaustividad y de equidad; sin embargo, no identificó plenamente el defecto absoluto que no es susceptible de convalidación sin especificar los hechos concretos que le causan agravio y el argumento que el Auto de Vista no habría analizado correctamente; y, el resultado dañoso emergente del defecto. De la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que no se cumplió con los presupuestos de flexibilización, haciendo inviable la admisión de este motivo
- Por memorial presentado el 21 de febrero de 2011, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Refirió que cuando existe defectuosa valoración de la prueba corresponde anular la Sentencia y
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Respecto del segundo motivo, señaló que cuando existe defectuosa valoración de la prueba corresponde anular
- Con relación al motivo planteado, el recurrente si bien invocó como precedentes contradictorios los Autos
- Por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración a sus derechos constitucionales, si bien
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
