En el caso de autos, se evidencia que el recurrente cumplen con el primer requisito
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se evidencia que el recurrente cumplen con el primer requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 12 de mayo de 2011 (fs. 460 vta.), presentando su recurso de casación el 17 del mismo mes y año; por cuanto, se tiene que el mismo fue interpuesto dentro del plazo de cinco días previstos por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 17 de mayo de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Recapitulando los agravios denunciados en su recurso de apelación restringida, argumenta que el Auto de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se evidencia que el recurrente cumplen con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Analizados los argumentos expuestos por el recurrente, referidos a que el Auto de Vista no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
