La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
El recurrente también denuncia la presunta vulneración del debido proceso en su vertiente debida fundamentación en razón a que el Auto de Vista omite precisar la Sentencia anulada y el Tribunal que debe conocer la causa en reenvío; sin embargo, si bien identifica los hechos generadores del recurso, pero no explica menos fundamenta de qué manera o forma se ha disminuido dicho derecho y garantía, el daño emergente del supuesto defecto y principalmente, la relevancia en el resultado; al no cumplirse mínimamente con los requisitos de flexibilización previstos por este Tribunal, el motivo deviene en inadmisible.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por René Aldo Barrientos Cossío, cursante de fs. 924 a 925 vta
- Por memorial presentado el 5 de noviembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Como único motivo, argumenta que el Auto de Vista anuló la Sentencia sin la debida
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se evidencia que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Analizado el único motivo traído en casación, donde se alega la falta de fundamentación del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
