FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Del análisis del recurso se advierte que todo el fundamento del recurrente gira en torno a que no procede la perención de instancia dispuesta, ya que, se ha realizado actos para dar continuidad al proceso, los cuales son de fecha 12 y 17 ambos de septiembre de 2009, y que, la presentación del memorial de fecha 12 de septiembre y la notificación de fecha 17 de septiembre han dado continuidad a la causa, por cuanto expresa que la fecha del cómputo resultaría incorrecta.
Siendo el tema en debate la perención de instancia, corresponde analizar dicho instituto procesal, para lo cual podemos citar el art. 309 del C.P.C., el cual de manera textual reza: ”Cuando en primera instancia el demandante abandonare su acción durante seis meses, el juez, de oficio o a petición de parte, y sin más trámite declarara la perención de instancia, con costas
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Del análisis del recurso se advierte que todo el fundamento del recurrente gira en torno a que no procede la perención de instancia dispuesta, ya que, se ha realizado actos para dar continuidad al proceso, los cuales son de fecha 12 y 17 ambos de septiembre de 2009, y que, la presentación del memorial de fecha 12 de septiembre y la notificación de fecha 17 de septiembre han dado continuidad a la causa, por cuanto expresa que la fecha del cómputo resultaría incorrecta.
Siendo el tema en debate la perención de instancia, corresponde analizar dicho instituto procesal, para lo cual podemos citar el art. 309 del C.P.C., el cual de manera textual reza: ”Cuando en primera instancia el demandante abandonare su acción durante seis meses, el juez, de oficio o a petición de parte, y sin más trámite declarara la perención de instancia, con costas
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.-El plazo computara desde la última actuación. ”
- Acudiendo a la doctrina sobre la norma en análisis CHIOVENDA señala:•” anteriormente se consideraba
- Del espíritu de la norma y doctrina citada, se puede concluir que si bien el
- Teniendo en claro la esencia de este instituto jurídico, corresponde reiterar que para la procedencia
- Entiendo la instancia como -cada uno de las etapas o grados del proceso- dentro de
- Asimismo, corresponde dejar en claro que al momento de disponer la perención de instancia, los
- Teniendo presente todo lo anotado, según el recurrente ha existió actividad procesal y se ha
- Sobre el dicho extremo, corresponde aclarar que los actos de interrumpen la perención, son todos
- Teniendo como norte lo expresado en el caso sub lite (rendición de cuentas declarado contencioso),
- Por ultimo a efectos de tener certeza en la fechas corresponde señalar que el ultimo
- Por lo expuesto, corresponde emitir fallo en base a los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Rómulo Calle Mamani
