En ese sentido, es preciso señalar que el Recurso de Casación en el fondo es
En ese sentido, es preciso señalar que el Recurso de Casación en el fondo es considerado como aquel medio de impugnación que procede por errores en el fondo de la Resolución recurrida, conocido en doctrina como “error in judicando”, es decir contra resoluciones que contuvieren violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, cuando contuviere disposiciones contradictorias y cuando en la apreciación de las pruebas se hubiera incurrido en error de hecho o de derecho, tal y como lo dispone el art. 253 del Código de Procedimiento Civil; de esta manera este recurso está destinado a que el Tribunal de Casación revise el fondo de la resolución recurrida, tendiendo como finalidad que se emita una nueva resolución que resuelva el fondo de la controversia, extremo que ocurrirá siempre y cuando el Tribunal Ad quem haya emitido una resolución resolviendo el fondo de la controversia y no así cuando exista una resolución anulatoria
- Proceso: Resolución de Contrato y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I:
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación en el fondo interpuesto por Pedro Camacho
- CONSIDERANDO II:
- Señala que en su Recurso de Apelación sí realizó un análisis crítico a la Sentencia
- De igual forma, haciendo referencia al punto III de su recurso de apelación signado como
- Por las razones expuestas, amparado en los numerales 1) y 2) del art
- Del análisis del recurso de casación, se advierte que el recurrente, contra una resolución anulatoria
- En ese sentido, es preciso señalar que el Recurso de Casación en el fondo es
- En cambio, el Recurso de Casación en la forma, es aquel que procede por errores
- De esta manera, el recurrente al interponer recurso de casación en el fondo contra una
- Por las razones expuestas, corresponde fallar en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
