Auto Supremo AS/0098/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2015

Fecha: 29-Sep-2015

En el caso de autos, consta de obrados que en la solicitud de detención preventiva


En el caso de autos, consta de obrados que en la solicitud de detención preventiva con fines de extradición, se han señalado todos los datos tendientes a la identificación del reclamado más una copia de su fotografía; se indicó su posible localización al señalar que “podría entrar en territorio boliviano desde Paraguay en próximos días”; asimismo se acompañó copia de orden de arresto y copia de orden de arresto traducida al español emitida el 30 de abril del año en curso por la Procuraduría del Pueblo de Provincia de Jiangxi, de los que se evidencia la existencia de un proceso en trámite en contra del sujeto requerido y de una orden de arresto; sin embargo, no se adjuntó la copia legalizada de la Ley penal aplicable al hecho que motiva, así como la parte pertinente referida al régimen de prescripción, ni una relación sucinta de los hechos con indicación de fecha, lugar de la comisión y la calificación legal del hecho. Todo esto para verificar las causales de procedencia e improcedencia previstas por los arts. 150 y 151 del Código de Procedimiento Penal, así como también para verificar si para el hecho está prevista (en dicho Estado) la pena de muerte o prisión perpetua, prohibidos por nuestra Constitución Política del Estado