Sala Plena
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el numeral 2) del artículo 154 de la Ley N° 1970, dispone la DETENCION PREVENTIVA CON FINES DE EXTRADICION de Chu Xie Jun y dispone que el Juez de Instrucción (De Garantías) de Turno en lo Penal de Chuquisaca expida mandamiento correspondiente con expresa habilitación de días y horas inhábiles, el que podrá ser ejecutado en el ámbito nacional con auxilio de la INTERPOL o cualquier otro organismo policial.
La autoridad comisionada, deberá informar al Tribunal Supremo de Justicia, sobre la ejecución del mandamiento y cumplimiento de la citación, estando obligada a remitir inmediatamente los antecedentes y diligencias practicadas.
Conforme al numeral 2) del artículo 154 del tantas veces citado Código de Procedimiento Penal, téngase presente que el detenido será puesto en libertad si el Estado requirente no presenta toda la documentación exigida para la extradición dentro de los noventa días computables desde la recepción de copia de la presente resolución, al efecto remítase copia legalizada al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, para su transmisión a la Representación Diplomática del Estado requirente, sea con nota de atención.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
MAGISTRADO
Fdo. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
MAGISTRADO
Fdo. Rita Susana Nava Durán
MAGISTRADA
Fdo. Norka Natalia Mercado Guzmán
MAGISTRADA
Fdo. Maritza Suntura Juaniquina
MAGISTRADA
Fdo. Fidel Marcos Tordoya Rivas
MAGISTRADO
Fdo. Sandra Magaly Mendivil Bejarano
Secretaria de Sala
Sala Plena
- FECHA:Sucre, 29 de septiembre de 2015
- PROCESO:Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES:A solicitud de la Embajada de la República Popular de China contra Chu Xie Jun
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