Auto Supremo AS/0101/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0101/2015

Fecha: 29-Sep-2015

Fundamentó su petición de revisión de la sentencia condenatoria ejecutoriada, señalando que en su caso,


Fundamentó su petición de revisión de la sentencia condenatoria ejecutoriada, señalando que en su caso, procede el recurso por aplicación de una ley penal más benigna, porque en el momento en que ingresó al penal era considerado imputable conforme determinaba el art. 5 del Código Penal; sin embargo el art. 23 de la Constitución Política del Estado, en su parágrafo II, señala que se evitará la imposición a los adolescentes de medidas privativas de libertad. Inspirado en esa norma constitucional, el art. 60 indica que es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado