Auto Supremo AS/0235/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0235/2015-L

Fecha: 18-Sep-2015

Que, el auto de vista impugnado no valoró el libro de asistencia presentado, el mismo

Que, contra el referido auto de vista, la empresa UNZUETA SRL, representada por Luis Mario Olguin Zabalaga y Francisco Humberto Bloch Bakovic, interpuso recurso de casación en el fondo de fs. 262 a 264, en base a los siguientes argumentos:
Acusó que, el tribunal ad quem no tomó en cuenta la tacha opuesta en contra de un testigo de cargo e incurrió en mala valoración de las pruebas, al no considerar que en la última llamada de atención recibida por el demandante, este dejo de concurrir deliberadamente a su fuente laboral para cumplir con sus funciones, ocasionando inconvenientes a la empresa al no haber realizado una adecuada entrega de los importes y elementos a su cargo, motivo por el cual después de los seis días previstos en el art. 16 de la Ley General del Trabajo se procedió a considerar su retiro como abandono de trabajo, aspecto que fue informado ante la Jefatura de Trabajo; asimismo señala que existen otras causales de retiro justificado como el abuso de confianza y conducta negligente del trabajador que esta, demostrado esta aseveración con las llamadas de atención e informes de supervisores, conforme sale de fs. 3 a 8.
Que, el auto de vista impugnado no valoró el libro de asistencia presentado, el mismo que demuestra que desde el 28 de junio de 2008 el actor no concurrió a su fuente laboral por 6 días continuos, motivo por el cual se dirigió nota a la Jefatura del Trabajo, para comunicar dicho abandono; asimismo, por toda la prueba aportada como son el libro de asistencia, memorándum de llamadas de atención, la carta de abandono, las declaraciones inequívocas de todos los testigos, se demostró que nunca se retiró al trabajador sino que este hizo abandono de sus funciones voluntariamente