CONSIDERANDO II: Que, a efectos de resolver el recurso de casación en el fondo planteado,
CONSIDERANDO II: Que, a efectos de resolver el recurso de casación en el fondo planteado, ingresando a su examen en relación a los datos del proceso y a las disposiciones legales cuya infracción se acusa, se tiene lo siguiente:
De la revisión del contenido del recurso, se advierte que la controversia en el caso objeto de análisis está relacionada a la interpretación errónea del art. 126 del C.P.T., toda vez que opero la prescripción para reclamar los derechos del actor al pago de beneficios sociales, porque la presentación de una sola carta no interrumpe la prescripción
De la revisión del contenido del recurso, se advierte que la controversia en el caso objeto de análisis está relacionada a la interpretación errónea del art. 126 del C.P.T., toda vez que opero la prescripción para reclamar los derechos del actor al pago de beneficios sociales, porque la presentación de una sola carta no interrumpe la prescripción
- Auto Supremo Nº 239/2015-L
- Expediente: PTS. 09/2011
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, a efectos de resolver el recurso de casación en el fondo planteado,
- Sin embargo, si el cómputo del plazo de los 2 años no llegó a su
- Al respecto, de la revisión de los datos del proceso, se observa que el demandante
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no incurrió en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Se regula el honorario profesional de abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
