POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad que le confiere el art. 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 80 a 82. Con costas
- Auto Supremo Nº 239/2015-L
- Expediente: PTS. 09/2011
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, a efectos de resolver el recurso de casación en el fondo planteado,
- Sin embargo, si el cómputo del plazo de los 2 años no llegó a su
- Al respecto, de la revisión de los datos del proceso, se observa que el demandante
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no incurrió en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Se regula el honorario profesional de abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
