Sobre el primer motivo, el recurrente indica que los Vocales han ingresado de manera totalmente
Sobre el primer motivo, el recurrente indica que los Vocales han ingresado de manera totalmente errónea, a la aplicación de la Ley sustantiva, ya que no realizaron un examen de la subsunción del hecho al tipo penal acusado, que requiere la manipulación del sistema informático y no, como manifestaron el Juez y perito; pues en todo caso lo que se hubiese manipulado fue el sistema electromecánico de la carga de billetes, resultando contradictorio a los Autos Supremos 342 de 28 de agosto de 2006 y 317 de 13 de junio de 2003, debido a que no se ha resuelto la impugnación a la Sentencia en cuanto a la errónea subsunción realizada por el Juez; hecho que se resalta de la lectura del Auto de Vista en la que en contraposición de la doctrina mencionada, no se motiva expresa, clara, completa, legitima y de forma lógica, las razones del porqué de su resolución
- Delitos : Manipulación Informática y otros
- Por memorial presentado el 11 de mayo de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De los motivos del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Transcribiendo una parte del Auto de Vista impugnado, el recurrente indica que los Vocales
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- Sobre el primer motivo, el recurrente indica que los Vocales han ingresado de manera totalmente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
