De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
c) El 18 de marzo de 2011 (fs. 174), fue notificado el recurrente con el Auto de Vista referido y el 24 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) Bajo el acápite “SENTIDO JURIDICO CONTRADICTORIO ENTRE EL PRECEDENTE PREEXISTENTE A.S. No 241 de 1 de agosto de 2005 Y AUTO DE VISTA RECURRIDO EN RELACION A LA INOBSERVANCIA Y ERRONEA APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA” (sic), el recurrente denuncia que: i) En el recurso de apelación restringida, fundamentó la inobservancia o errónea aplicación de ley sustantiva, respecto de la inexistencia de los elementos constitutivos del delito de Estafa, toda vez que no concurre el beneficio indebido, engaños y artificios en el sujeto en error, ya que al momento de la transferencia del lote de terreno no se encontraba con gravamen de anotación preventiva, habiendo la venta nacido válida y perfecta libre de todo gravamen. El acusador no demostró menos individualizó con certificados u otros medios de prueba, que el mencionado terreno se encontraría en litigio; ii) Al momento de la venta, el acusador particular se encontraba en posesión física y real del mencionado lote, que por su desidia fue perturbada por Teodora Quispe de Paye. Estos hechos, no se encuadran a los tipos penales de Estafa y Estelionato, porque constituye una relación contractual de naturaleza civil, un acto de compra venta válido y eficaz, que no considera la última ratio y contradice el precedente establecido en el Auto Supremo 241 de 2 agosto de 2005, toda vez que el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista, no coincide con el del precedente por haber otorgado a los tipos penales mencionados un alcance diferente a lo contenido en sus elementos constitutivos que no se subsumen a la conducta del imputado, porque los hechos corresponden a un hecho de naturaleza civil no penal y porque los elementos probatorios de los acusadores, no son conducentes para demostrar los ilícitos acusados, aspectos que el Tribunal de alzada no observó
- Por memorial presentado el 24 de marzo de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Intitulando: “SENTIDO JURIDICO CONTRADICTORIO ENTRE EL PRECEDENTE PREEXISTENTE A
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 18 de marzo de 2011, el
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
