En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer
En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer motivo, acusa la errónea aplicación de ley sustantiva por inexistencia de los elementos constitutivos del tipo de Estafa, porque no concurre beneficio indebido, engaños ni artificios, que en el momento de la transferencia del lote de terreno no existía anotación preventiva siendo la venta válida y perfecta, no habiendo el acusador demostrado con medios de prueba que el lote de terreno se encontraba en litigio. Que el acusador particular entró en posesión física del lote, perturbado por un tercero por su desidia; hechos que no se encuadran a los tipos de Estafa y Estelionato, por constituir una relación contractual de naturaleza civil, un acto de compra venta válido y eficaz y los elementos probatorios, no son conducentes para demostrar los ilícitos acusados, aspectos que no hubieren sido observados por el Tribunal de alzada. El planteamiento realizado, precisa razonablemente los hechos y circunstancias que considera le provocan agravio y cumple con la exigencia de citar el precedente contradictorio establecido en el Auto Supremo 241 de 1 de agosto de 2005, explicando la posible contradicción, al precisar que su conducta no se subsume a los elementos constitutivos de los tipos penales atribuidos, porque los hechos son de naturaleza civil y no penal, cumpliendo la previsión contenida en los arts. 416 y 417 del CPP; por lo que, corresponde su análisis de fondo
- Por memorial presentado el 24 de marzo de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Intitulando: “SENTIDO JURIDICO CONTRADICTORIO ENTRE EL PRECEDENTE PREEXISTENTE A
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 18 de marzo de 2011, el
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- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
